jueves, 17 de noviembre de 2011

Cambios del COI a la Carta Olímpica

Como es  costumbre de Tribuna Deportiva Panamericana presentamos artículos de interés para la familia deportiva olímpica y los amantes del deporte en general. En esta ocasión se trata del artículo del Cocktail Deportivo del periodista Bienvenido Brown, correspondiente al  17 de noviembre de 2011 en la que menciona  algunas de las modificaciones a la Carta Olímpica que entran en  vigencia apartir de julio de 2011. Tal como lo señala Bienvenido los cambios deben ser de conocimiento de todos y yo agregaría muy especialmente de los miembros del CON y los servidores públicos de PANDEPORTES. Al final en comentarios presentamos nuestro punto de vista.
Víctor D´anello y  Roberto Bob Arango, ambos exdirectoresde Pandeportes  
Cocktail Deportivo

BIENVENIDO BROWN

bienve9120@yahoo.com

Daré a conocer algunos que están en la edición vigente a partir del 8 de julio 2011, que -opino- todos deben conocer

Hace 9 h 4 min El Movimiento Olímpico, bajo la autoridad suprema del Comité Olímpico Internacional, (COI), integrado por las organizaciones, atletas y demás personas que se ajustan a la Carta Olímpica, deben estar conscientes de que nada es estático, por lo que constantemente hay que actualizarse a la realidad de los tiempos. ¿Y por qué? ‘La Carta Olímpica es la codificación de los principios fundamentales del Olimpismo, de las Normas y de los Textos de aplicación adoptadas por el COI. La Carta Olímpica sirve como estatutos del COI’.

Pese a los cambios, hay algunos principios básicos que no cambian, y al parecer no lo entiende o tiene claro la actual dirigencia del Comité Olímpico de Panamá y es ‘La misión y función de todos los CONs de desarrollar, promover y proteger el Movimiento Olímpico en sus respectivos países de acuerdo con la Carta Olímpica’. El COP no promueve pese a tener una Comisión de Academia Olímpica, solo en papel, ‘los valores del olimpismo en el ámbito del deporte y de la formación, apoyando los programas de educación olímpica a todos los niveles en los centros de enseñanzas primaria y secundaria, en las instituciones de educación física y deportivas, y en las universidades’. En Panamá los estudiantes, dirigentes y atletas, conocen poco del Movimiento Olímpico.

Algunos de los cambios importantes en la última edición de la Carta Olímpica vigente a partir del 8 de julio 2011. Parte del Punto 4º de los Principios Fundamentales del Olimpismo que leía: ‘La organización, administración y gestión del deporte deben ser controladas por organizaciones deportivas independientes’, ya no es parte del punto N° 4. Ahora hay un Punto N° 5 en la reforma de julio 8 de 2011, que lee: ‘Como el deporte es una actividad que forma parte de la sociedad, las organizaciones deportivas en el seno del Movimiento Olímpico tendrán los derechos y obligaciones de autonomía, que consisten en controlar y establecer libremente, las normas del deporte, determinar las estructuras y gobernanza de sus organizaciones, disfrutar del derecho a elecciones libres de toda influencia externa y la responsabilidad de garantizar la aplicación de los principios de buena gobernanza’.

El Artículo Nº1 de la Carta Olímpica (El Movimiento Olímpico y su Actividad) Punto 2.5 (Misión y Función del COI) leía: ‘Actuar con el objetivo de proteger y reforzar la unidad e independencia del Movimiento Olímpico’. La modificación de dicho acápite lee. ‘Adoptar medidas para reforzar la unidad del Movimiento Olímpico, proteger su independencia y salvaguardar la autonomía del deporte’. Ahora el Art. Nº 28 (Misión y función de los CONs), y 29 (Composición de los CONs,), pasaron a ser el Nº 27 y 28. Hay un Artículo nuevo, el Nº 29, que dice: ‘Para ser reconocida por un CON y aceptada como componente del mismo, una federación deportiva nacional ha de ejercer una actividad deportiva específica, real y durable, estar afiliada a una FI reconocida por el COI, regirse y acatar todas las disposiciones de la Carta Olímpica y de su FI’. Próximamente seguiré este tema.



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